Día 25 de cada mes: Uniendo esfuerzos contra la violencia. En referencia a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Artículo 3.

ARTÍCULO 3.- Todas las medidas que se deriven de la presente ley, garantizarán la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida y para promover su desarrollo integral y su plena participación en todas las esferas de la vida.

Día 25 de cada mes: Uniendo esfuerzos contra la violencia. En referencia a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Artículo 2.

ARTÍCULO 2.- La Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias expedirán las normas legales y tomarán las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, de conformidad con los Tratados Internacionales en Materia de Derechos Humanos de las Mujeres, ratificados por el Estado mexicano.

Día 25 de cada mes; Uniendo esfuerzos contra la violencia: Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El TecNm – ITSPP se une contra la violencia hacia mujeres y niñas. A continuación, te compartimos el artículo 1 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que establece la coordinación para prevenir, sancionar y erradicar las violencias de género.

ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.